lunes, 16 de noviembre de 2009

No avanzó en la Justicia planteo de vecinos por explotaciones de yeso

No prosperó en ámbito del Superior Tribunal de Justicia un recurso que presentaron dos abogados gestores procesales de un grupo de vecinos de J.J. Gómez (General Roca) que plantearon ante la Justicia una acción colectiva de amparo/mandamus contra el municipio local por las explotaciones de yeso en un sector de la ciudad.



La Justicia les reiteró que firmaron un acuerdo con organismos oficiales y la empresa Ferrosur Roca SA para seguir las líneas de acción por tomar.

El grupo de vecinos busca que se ordene a las autoridades ejercer el poder de policía, exigir el cumplimiento de la ley y hacer cesar el riesgo ambiental que “vulnera el derecho a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.

Según la inicial presentación, en la zona noroeste de General Roca hay importantes explotaciones de yeso, que es transportado hasta la playa de maniobras del ferrocarril en J. J. Gómez. El predio de carga y descarga abarca unos 18.000 metros cuadrados y se encuentra rodeado de una pantalla vertical de "media sombra".

Agregó que la tarea se realiza al aire libre, sin precauciones para evitar la dispersión de polvo de yeso y también advirtió que en momentos de carga y descarga en los vagones del tren se produce interrupción del tránsito vehicular en una zona densamente poblada (centro de salud, escuelas primaria y secundaria, jardín, comisaría y frigorífico).

Sostuvo que la exposición a altos niveles de polvo puede causar enfermedades, sumado a los vientos de la región que provocan nubes en suspensión, como también el peligro y riesgo generado por el alto tránsito pesado (camiones).

La presentación expuso que Ferrosur Roca SA (concesionaria de la playa de descarga) suspendió la actividad el 4/11/2008 ante una intimación cursada por el CODEMA (Consejo de Ecología y Medio Ambiente) para que se cumplan con las tareas de mitigación, retomando la actividad luego de haber concretado las medidas de mitigación exigidas por el municipio de General Roca y que el CODEMA realizó un pedido al municipio para que la Dirección de Medio Ambiente local ejerza el poder de policía, arbitre los medios para ejecutar una disposición de suspensión de actividad, “negándose el municipio a ello argumentando que la empresa posee autorización para actuar”.

En una audiencia que se realizó el 5 de mayo pasado, en la sala de reuniones del Superior Tribunal de Justicia, se resolvió tener presente lo acordado entre la amparista y requeridos, consistente en un acuerdo instrumental y transitorio en orden al objeto de la acción de amparo-mandamus. Nueve días después hubo otro encuentro para determinar una agenda de análisis y metodología con plazos para la resolución definitiva del objeto de la acción, que contemple diversos aspectos.

Tras otras instancias, los amparistas interpusieron un recurso de reposición contra una resolución del STJ, sosteniendo que el rechazo de la cautelar es “arbitrario, puesto que debe garantizarse dar participación a los vecinos en las tareas de seguimiento y control por parte del municipio y CODEMA”.

Al analizar el planteo, uno de los jueces del STJ coincidió con lo expuesto por el municipio de Roca, en cuanto a que no cabe impugnar la providencia judicial, ya que los puntos allí indicados forman parte del acta acuerdo rubricada entre los amparistas, el CODEMA, Ferrosur Roca SA y el municipio de General Roca, el 5 de mayo de 2009.

“En tal ocasión, todos acordaron que la Municipalidad de Roca y el CODEMA...”asumirán de modo conjunto los cursos de acción para controlar, asegurar y profundizar las medidas de mitigación en curso, incluyendo la revisión del cronograma que posibilite acelerar tal mitigación. Las acciones de seguimiento y control por parte del municipio y CODEMA, procurará dar participación a los vecinos a través de consultas”.

“Esta modalidad de trabajo no fue objetada por los amparistas, habiendo quedado consentida y firme; cabiendo aplicar en tal sentido la doctrina de los actos propios”, agregó el STJ.

Fuente: ADN

No hay comentarios:

Publicar un comentario