viernes, 8 de mayo de 2009

La Justicia criticó la seguridad en los trenes y advirtió sobre robos frecuentes

En un fallo que ordena indemnizar a una pasajera asaltada en el San Martín, la Cámara Civil porteña consideró que el hecho no fue aislado, sino que "se repite con lamentable frecuencia en el transporte ferroviario.

Un fallo de la Cámara Civil porteña criticó la seguridad en las estaciones de trenes y afirmó que los intentos de robo en el transporte ferroviario se repiten "con lamentable frecuencia", al ordenar el pago de una indemnización a una pasajera que sufrió un robo. El tribunal condenó a la empresa Transportes Metropolitanos General San Martín a pagarle 33.100 pesos a una mujer a la que le robaron una cadena que llevaba en el cuello. El hecho ocurrió dentro de un vagón, en la estación Sáenz Peña. Pero además, la víctima fue empujada al andén.

Según el fallo, la condena fue aplicada porque el tren retomó su marcha cuando las puertas todavía estaban abiertas, lo que permitió que la víctima fuera empujada fuera de la formación. La Cámara sostuvo: "De ningún modo debió continuarse el recorrido en esas condiciones", ya que está prohibido por el Reglamento Interno Técnico Operativo de Ferrocarriles Argentinos.

De todas maneras, los jueces de la Sala A de la Cámara, Hugo Molteni y Ricardo Li Rosi, señalaron que el robo, "lejos de tratarse de un hecho aislado, se repite con lamentable frecuencia en el transporte ferroviario e incluso motivó la contratación de personal de seguridad" por parte de la empresa de transportes, que según cita la agencia DyN, intentó culpar por el hecho al ladrón.

El tribunal citó, entre otros, un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el que se habla de "las precauciones que en el ámbito del ferrocarril deben adoptarse ante estos reiterados actos delictivos". La Cámara recordó, además, que el juez de primera instancia había señalado ya que el servicio ferroviario "se presta con instalaciones obsoletas y peligrosas", y recomendó "la implementación de un sistema de puertas más seguro".

Los jueces señalaron a la compañía por no cumplir con el Código de Comercio, que obliga a las empresas ferroviarias a indemnizar a los pasajeros que hayan muerto o sufrido lesiones durante un viaje, a menos que se pruebe que el hecho ocurrió por algo ajeno a la concesionaria.

Fuente: Clarin

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