lunes, 15 de septiembre de 2008

El Intendente decretó duelo municipal por el fatal accidente

El Intendente firmó el decreto 1392 donde se declaró el duelo municipal para este martes, con motivo del accidente ocurrido en la tarde de este lunes en el cruce ferroviario del Camino de los Pueblos entre Sierra Chica y Colonia Hinojo. Se dispuso izar la bandera a media asta en los edificios públicos y se invitó a instituciones a adherir al duelo. El texto completo del decreto >>

--------------------------El intendente José Eseverri, firmó el decreto municipal Nº 1392 con fecha 15 de septiembre, en donde se declara duelo municipal el día de mañana 16 de septiembre de 2008, con motivo del accidente ocurrido en la tarde hoy en el cruce ferroviario, ubicado en el Camino de los Pueblos entre Sierra Chica y Colonia Hinojo.Los considerandos del mencionado decreto son los siguientes:Que el fatal acontecimiento que ha cobrado la vida de cuatro jóvenes, y arrojado un saldo de siete heridos conmueve a la comunidad olavarriense; que el gobierno municipal tiene el deber de representar el sentir de la sociedad y asumir la expresión del dolor que en estas horas se vive al verse abruptamente truncada la vida de tantos jóvenes y gravemente afectada la de tantos otros por el siniestro; que la presente medida se dicta de conformidad con las previsiones establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades (artículos 108 incisos 16 y cc), y la ley del empleado público Municipal 11.757. Decreta Artículo 1º: Declárase duelo municipal el día 16 de septiembre de 2008 con motivo del accidente ocurrido el día de hoy en el cruce ferroviario sito en el Camino de los Pueblos entre Sierra Chica y Colonia Hinojo. Disponese izar la bandera a media asta en los edificios municipales y lugares públicos por el plazo de veinticuatro horas.Artículo 2º: Invitase a las instituciones civiles y militares, organismos gubernamentales y no gubernamentales, asociaciones, clubes, y demás entidades que tienen su sede en nuestra ciudad a adherirse al duelo municipal dispuesto por el Artículo 1º del presente acto administrativo.Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Jefatura de Gabinete e interino de Economía y Hacienda, de Desarrollo Local, y las Señoras Secretarias de Infraestructura, Obras, Servicios y espacio Público, de Prevención y Atención Sanitaria, de Desarrollo Social y de Asuntos Legales y Administración General.

Fuente: Infoeme

No hay comentarios:

Publicar un comentario